Ayudas de minimis destinadas a proyectos en materia de circularidad en el ámbito turístico de las Islas Baleares

La Agencia de Estrategia Turística de las Islas Baleares (AETIB), publicó en el BOIB de este martes una convocatoria de ayudas de minimis para la financiación de proyectos de circularidad en el ámbito turístico, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por fondos Next Generation. Desde ITC, te ayudamos a gestionar todo lo relacionado con el proceso de solicitud y posterior justificación. Beneficiarios Programa I ⇾ Empresas de inserción que lleven a cabo actividades de recogida,transporte, clasificación, preparación y acondicionamiento de objetos y residuospara reutilizar. Programa II ⇾ Personas jurídicas que realicen actividades de limpieza y recuperación de ecosistemas, gestión sostenible de residuos o que lleven a cabo iniciativas de conservación ambiental y economía circular.Personas físicas o jurídicas que sean explotadoras o propietarias de establecimientos destinados a la actividad de las empresas turísticas de alojamiento, restauración o que tienen por objeto la intermediación turística. Plazos de presentación El proceso de presentación de solicitud inicia el día 28 de mayo hasta el 28 de junio de 2025. El período de ejecución comprende entre el 1 de enero de 2025 hasta el 31 de marzo de 2026. Actuaciones subvencionables Son subvencionables las siguientes actuaciones: Programa I ⇾ Proyectos de reciclaje del agua, energía, objetos, materiales o residuos de establecimientos turísticos para reutilizar. Programa II ⇾ Proyectos de conservación ambiental y economía circular vinculadas al sector turístico. Además, son gastos elegibles de subvención: Cuantía e intensidad de la ayuda Programa I ⇾ 100% de los gastos subvencionables.Máximo 450.000€. Programa II ⇾ 80% de los gastos subvencionables.Máximo 100.000€ y mínimo 50.000€ Más información:
Ayudas destinadas a promover la capacidad de innovación, la inversión en innovación, la innovación abierta y la digitalización en las pymes en las Islas Baleares

La Consejería de Economía, Hacienda e Innovación ha convocado esta línea de ayudas con el objetivo de mejorar la capacidad de innovación de las pymes, la creación de agrupaciones empresariales innovadoras, la digitalización para las pymes, la aceleración y la innovación abierta, la organización de eventos relacionados con la innovación y las inversiones en innovación para el territorio de las Islas Balears. Esta convocatoria incluye seis programas y ocho actuaciones correspondientes a ellos. Desde ITC, te ayudamos a gestionar de manera sencilla todo lo relacionado con el proceso de solicitud y posterior justificación. Los programas y sus líneas correspondientes son: Programa I. Mejora de la capacidad de innovación de las pymes · Línea 1.1. Certificación de proyectos de I+D+i · Línea 1.2. Servicios de apoyo a la innovación Programa II. Creación de Agrupaciones Empresariales Innovadoras (AEI) · Línea 2.1. Creación de Agrupaciones Empresariales Innovadoras (AEI) Programa III. Digitalización de las pymes · Línea 3.1. Digitalización en la gestión empresarial y marketing digital Programa IV. Aceleración e innovación abierta · Línea 4.1. Pymes con iniciativas disruptivas · Línea 4.2. Servicios de apoyo a las pymes especializadas en entornos inmersivos Programa V. Organización de eventos relacionados con la innovación · Línea 5.1. Organización de eventos Programa VI. Inversión en innovación · Línea 6.1. Proyectos de innovación Beneficiarios Cada programa tiene distintos beneficiarios: Pymes ⇾ Programas I, III, IV, V, VI; a excepción del II si es en cooperación. Empresas ⇾ Programa II. Centros de investigación o de formación públicos o privados ⇾ Programa II. Colegios profesionales ⇾ Programa V. AEI inscritas en el Registro AEI ⇾ Programas V y VI. Un beneficiario podrá solicitar ayudas de un máximo de dos líneas por convocatoria y anualidad, a excepción de la línea 2.1, en la que sólo se podrá pedir una. Plazo de presentación de las solicitudes El plazo comienza el 10 de abril y finaliza el 10 de mayo de 2025. Para más información:
Ayudas para la modernización de las empresas comerciales minoristas y determinadas empresas de servicios, la continuidad de los establecimientos comerciales y determinados servicios emblemáticos

La Consejería de Empresa, Empleo y Energía ha publicado recientemente esta convocatoria de subvenciones con el objetivo de conceder ayudas destinadas a la modernización de empresas comerciales detallistas y otras empresas de servicios en el ámbito territorial de Baleares para el año 2025. Desde ITC, te podemos ayudar a gestionar de manera sencilla todo lo relacionado con el proceso de solicitud y posterior justificación. Los beneficiarios de esta ayuda pueden ser, entre otros, empresas consideradas como Pymes que realicen actividades dentro de los siguientes epígrafes del IAE: Para comercio detallista: Para actividades de servicios: Plazos de presentación Las solicitudes deben estar presentadas entre el 23 de marzo de 2025 hasta el 22 de abril de 2025. Actuaciones subvencionables No son subvencionables los gastos de redacción de proyectos, elementos de exposición de productos, campañas publicitarias, métricas y analíticas del mercado, alojamientos y/o licencias de software, gastos de formación, tasas, impuestos y tributos. El proyecto o actuación presentada deberá tener un coste elegible mínimo de 2.000€ (sin IVA). La cuantía de la subvención será del 80% sin IVA (máximo 9.000€ por beneficiario). Resumen de la convocatoria:
Ayudas destinadas a grandes actuaciones y modernización de la estructura productiva y digital de la actividad industrial en las Islas Baleares en 2025

La Consejería de Empresa, Empleo y Energía ha publicado recientemente esta convocatoria de subvenciones con el objetivo de conceder ayudas destinadas a la modernización de la estructura productiva y digital de la actividad industrial en el ámbito territorial de Baleares para el año 2025. Desde ITC, te podemos ayudar a gestionar de manera sencilla todo lo relacionado con el proceso de solicitud y posterior justificación. Estas ayudas cuentan con dos líneas de actuación: Los beneficiarios de esta ayuda serán las empresas con consideración de Pyme, de carácter industrial, inscritas en el IAE con los epígrafes incluidos en las divisiones 2, 3, 4 y 691.2 de la sección primera correspondiente a actividades empresariales y que se encuentren en la división A correspondiente al Registro Integrado Industrial, o en el grupo IAE 504 en la división B del mismo registro. Además, los trabajadores autónomos o en un régimen alternativo equivalente, que reúnen los mismos requisitos establecidos para Pymes mencionados anteriormente. Plazos de presentación Las solicitudes deben estar presentadas entre el 24 de enero y el 24 de febrero de 2025 a las 23:59 para ambas líneas de actuación. El plazo para justificar la realización de las subvenciones finaliza el 12 de noviembre de 2025, o en su defecto la fecha que establezca la Resolución de concesión, si es posterior. El plazo para justificar la realización de las subvenciones finaliza el 29 de septiembre de 2025, o en su defecto la fecha que establezca la Resolución de concesión, si es posterior. Actuaciones subvencionables Para grandes actuaciones serán subvencionables las siguientes: Esta línea deberá tener un importe igual o superior a 100.000€, con un máximo de 200.000€. Las solicitudes se seleccionarán mediante un sistema de puntos según las características de la empresa. Para la línea de modernización: Programa I. Diseño e Innovación La suma de todos los gastos subvencionables será igual o superior a 2.000€, IVA excluido, y por conceptos subvencionables individuales no inferiores a 500€ IVA excluido. Importe máximo, 10.000€. Programa II. Producción La suma de todos los gastos subvencionables será igual o superior a 5.000€ IVA excluido y por conceptos subvencionables individuales no inferiores a 500€ IVA excluido, formación hasta 600€. Importe máximo, 20.000€. Programa III. Digitalización La suma de todos los gastos subvencionables será igual o superior 5.000€ IVA excluido y por conceptos subvencionables individuales no inferiores a 500€ IVA excluido, formación hasta 600€. Importe máximo, 20.000€. La cuantía de la ayuda es del 50% del importe de la factura, IVA excluido, para ambas líneas de actuación.